Meta ya no podrá rastrear a sus usuarios con fines publicitarios - ¿Adiós al modelo paga o traga?

Duro revés para la política comercial de Meta en uno de sus principales mercados.La UE, más concretamente su Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB por sus siglas en inglés), ha determinado que la empresa de Zuckerberg no va a poder aplicar su estrategia conocida como pay or okay, es decir“paga o traga”.

Dicha estrategia, introducida por Meta el año pasado de cara a sus clientes europeos, supone que aquellos usuarios que deseen utilizar Facebook e Instagram y no pagar por ello han de aceptar que sus datos sean empleados con fines comerciales. Claro está, acostumbrados a tener un servicio gratuito, la gran mayoría de personas aceptó los términos. La implantación de este modelo llega como respuesta a una sentencia del TJUE que obligaba a la empresa a un estricto cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

La respuesta del paga o traga, sin embargo, no ha resultado satisfactoria para las autoridades europeas. Es por ello que en el día de ayer el EDPB ha resuelto que no será válido, y por lo tanto Meta ha de buscar otra solución. En palabras del propio escrito se expresa lo siguiente:

“En la mayoría de las situaciones, no será posible para las grandes plataformas en línea cumplir con los requerimientos de un consentimiento válido si solo ofrecen a los usuarios una opción binaria entre consentir el procesado de sus datos personales con fines publicitarios o pagar una cuota.”

Cabe decir que, aunque el asunto surge a raíz de las políticas de Meta, el alcance del dictamen sobre el paga o traga afecta a cualquier empresa que decida aplicar este sistema.

Los detalles de la resolución

Según figura en el texto oficial publicado a través del portal de EDPB, Meta habría querido aprovecharse de la urgencia por el cumplimiento del reglamente de protección de datos empleando una fórmula que de antemano está viciada. Por lo general, las personas no tienen conciencia de la importancia de sus datos, lo cual es un fallo que cuenta a favor de las multinacionales.

Anu Talus, presidente del comité, dijo:

“Las plataformas en línea deberían ofrecer a los usuarios una opción real a la hora de emplear modelos de ‘consentimiento o pago’. Los modelos que tenemos hoy normalmente requieren que las personas entreguen todos sus datos o paguen. Como resultado, la mayoría de los usuarios dan su consentimiento al procesamiento para utilizar un servicio y no comprenden todas las implicaciones de sus elecciones”

Además, a ojos del comité las grandes plataformas en línea también deberían considerar si la decisión de no dar su consentimiento puede llevar al usuario a sufrir consecuencias negativas. Entre otras, podríamos hablar de la exclusión de un servicio destacado, la falta de acceso a redes profesionales o el riesgo de perder contenidos o conexiones.

Talus añadía:

“Los responsables del tratamiento deben tener cuidado en todo momento de evitar transformar el derecho fundamental a la protección de datos en una característica por la que los individuos tengan que pagar para disfrutar. Se debe hacer que los individuos sean plenamente conscientes del valor y las consecuencias de sus decisiones […] Además de este art. 64(2) del Dictamen, el EDPB también desarrollará directrices sobre modelos de consentimiento o pago con un alcance más amplio y colaborará con las partes interesadas en estas próximas directrices.”

Efectuada esta resolución, cabe esperar a ver cuáles serán las implicaciones legales que pueda tener a futuro. Recordemos que el dictamen del EDPB (primero que realiza en su historia, por cierto) no tiene carácter vinculante.

¿Qué opciones tiene Meta ahora?

En tanto que la última palabra la tendrán los tribunales de los diferentes países afectos a la Unión, seguramente Meta opte por esperar a ver qué pasos se dan en cada una de las regiones. Es probable que finalmente se vea obligada a reformular su estrategia actual, para lo cual cabe contar con las directrices que el EDPB se ha comprometido a elaborar.

Otra opción que puede adoptar Meta es la de bajar la persiana en Europa. No es la primera vez que amaga con hacerlo, pues ya lo consideró en 2021 cuando otra sentencia del TJUE afectó de lleno a su modelo de transferencia de datos. Sin embargo, dado el peso que tiene el Viejo Continente sobre los resultados, no creo que opte por esta vía. Según los datos de MarketScreener, Europa supone el 23,1% de las ventas de la empresa, su segundo mayor mercado sólo por detrás de EEUU:

Detalle de distribución del negocio de Meta según zonas geográficas / Fuente: MarketScreener

Así pues considero que lo más probable es que Meta se limite a esperar a ver si finalmente la opinión del EDPB cristaliza en los tribunales y, en caso de hacerlo, trabajar para ofrecer una solución alternativa que le permita operar sin vulnerar el derecho europeo.

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